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Normativa - Formación Permanente

Normativa - Formación Permanente

A. Resolución de convocatoria (DOGV)

Publicada en el DOGV nº 9521, de 27 de enero de 2023 la RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023, del Director General de Deporte, por la que se convoca el Programa de Formación Permanente 2023 de la Escola de l'Esport de la Generalitat.

  • DOGV de 27 de enero de 2023
    RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023, del director general de Deporte, por la que se convoca el Programa de formación permanente 2023 de l'Escola de l'Esport de la Generalitat, dirigido a la formación de entrenadores, técnicos deportivos y profesionales relacionados con la actividad física para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Componente 26 en el territorio de la Comunitat Valenciana financiado por la Unión Europea NextGenerationEU.

 

B. Bases reguladoras

1. Formalización de inscripción y plazo

La inscripción se realizará exclusivamente de forma online a través del Formulario de inscripción, disponible para cada una de las actividades formativas y dentro del plazo establecido para cada una de ellas.

Los plazos de presentación de solicitudes vía online quedan detallados en cada una de las actividades formativas. Fuera de este plazo no se admitirán inscripciones.

La Escola de l'Esport de la Generalitat, con sede en la Dirección General de Deporte, y la Sección de Actividad Física y Deporte de las Secciones Territoriales de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, pondrán a disposición de los usuarios sus medios e instalaciones para facilitar la inscripción.

2. Cupos de asistentes y criterios de selección

a. Para cada actividad formativa se establece un cupo de plazas.

b. En algunas de las actividades formativas, se requerirá a la persona interesada el cumplimiento de determinada titulación académica, formación profesional, formación deportiva, pertenencia a colectivos determinados, o de otra índole, que condicionarán la participación en esa actividad al cumplimiento de los requisitos establecidos. La persona interesada deberá aportar a la Escola de l'Esport de la Generalitat la documentación que acredite el cumplimiento de los criterios exigidos para esa actividad formativa. El incumplimiento de este trámite dará lugar a la exclusión del interesado para la actividad formativa.

c. La selección del alumnado que cumpla los requisitos académicos, profesionales, o de otra índole, que condicionan la participación para cada actividad formativa, se realizará por estricto orden de recepción de las solicitudes hasta que se cubra el número de plazas determinado para cada una de las actividades formativas. Excepcionalmente, para algunas de las actividades formativas, se podrán establecer criterios de selección diferentes.

d. A los alumnos seleccionados se les concederá un plazo de 72 horas para acreditar el pago de la tasa establecida y acreditar documentalmente el cumplimiento de los criterios exigidos para esa actividad formativa.

3. Admisión de solicitantes

a. Una vez realizada la selección del alumnado, se publicará en la página web de la Escola de l'Esport de la Generalitat el listado de personas seleccionadas para participar en cada una de las actividades formativas.

Con el resto de solicitantes que no han sido seleccionados, se publicará una lista de espera ordenada por orden de preferencia al objeto de optar a las posibles plazas que pudieran quedar vacantes antes del inicio de la actividad formativa.

Se establece un plazo de 72 horas para efectuar el ingreso bancario de la tasa establecida para esa actividad formativa que se iniciará el día siguiente al de la publicación de la lista.

b. Una vez realizado el ingreso bancario de la tasa, y dentro del plazo de 72 horas establecido en el párrafo anterior, las personas interesadas deberán enviar a la dirección del correo electrónico escola_esport_dgd@gva.es la siguiente documentación:

  • Copia del justificante del ingreso bancario de la tasa, y justificante de la bonificación correspondiente de la tasa en caso de su aplicación.

  • Copia de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para participar en esa actividad formativa.

El incumplimiento de los trámites establecidos en el párrafo anterior supondrá la exclusión para la actividad formativa y quedará disponible la plaza para otra persona interesada. La vacante se cubrirá con un solicitante inscrito en la lista de espera conforme al orden establecido de preferencia.

4. Pago de tasas

a. La inscripción en las actividades formativas que se programen de pago conllevará el pago de la tasa establecida en el artículo 11.5-5 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, que deberá ser abonada antes del inicio de la actividad formativa. Cualquier otro gasto que genere la asistencia y participación en el mismo correrá a cargo de cada participante.

b. En el impreso que se cumplimente para efectuar el pago de la tasa mediante ingreso bancario, la persona declarante del pago deberá coincidir con la persona admitida para la actividad formativa.

c. Una vez realizado el ingreso de la tasa, con carácter general, no se admitirán devoluciones.

No obstante, conforme se establece en el artículo 1.2-6, de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, procederá la devolución del importe de la tasa cuando ésta se haya ingresado con carácter previo a la realización de la actividad formativa de que se trate, y dicha realización no tenga finalmente lugar por causas no imputables, directa o indirectamente, al sujeto pasivo.

Los criterios a tener en cuenta en orden a la práctica de la citada devolución serán los siguientes:

a) Cuando la no utilización, prestación o realización resulte imputable a la administración, la devolución deberá practicarse de oficio por esta, sin perjuicio del derecho de la persona interesada a solicitarla.

b) Cuando la no utilización, prestación o realización tenga su origen en causa de fuerza mayor, la devolución procederá previa solicitud de la persona interesada, siempre que esta pruebe suficientemente dicha fuerza mayor, salvo que se derive de un acontecimiento notorio, en que la administración actuará de oficio. Se considerará causa de fuerza mayor a los efectos de la devolución de tasas las situaciones de violencia de género que motivan un cambio de lugar de residencia. (Art. 27 de la Ley 27/2018, de 27 de diciembre).

5. Asistencia y certificación de las actividades formativas

A) Actividades formativas presenciales.

En las actividades formativas presenciales se deberá acreditar la asistencia al menos al 80% del total de horas lectivas de la actividad para recibir el certificado de asistencia y aprovechamiento.

Certificado de aprovechamiento: aquel alumnado que participe, y supere actividades formativas presenciales por 20 o más horas podrá solicitar al final del programa un certificado conjunto por el total de horas en los casos en que así se disponga. En caso de no superarlo, se obtendría únicamente el certificado de asistencia.

B) Actividades formativas semipresenciales.

Todas las actividades formativas semipresenciales organizadas por la Escola de l'Esport de la Generalitat incorporan dos partes: sesión presencial y contenidos online.

  • Sesión presencial: la asistencia a la parte presencial será obligatoria, debiéndose cumplir el requisito de asistencia al 80% de horas lectivas que formen parte de la actividad.
  • Contenidos online: en combinación con la parte presencial se impartirán contenidos a través del campus virtual de la Escola de l'Esport de la Generalitat. Para ello el alumnado deberá disponer del equipo y las herramientas informáticas necesarias.

Se expedirá un certificado de aprovechamiento del curso al alumnado participante en las actividades formativas semipresenciales siempre y cuando se cumpla el requisito de asistencia al 80% de horas lectivas, y cumpla los criterios de evaluación establecidos para cada actividad formativa.

La realización de la acción formativa online no será suficiente para obtener el certificado sin la asistencia a la sesión o sesiones presenciales que se determinen en la programación.

C) Actividades formativas online o telepresenciales.

Se impartirán contenidos a través del campus virtual de la Escola de l'Esport de la Generalitat. Para ello el alumnado deberá disponer del equipo y las herramientas informáticas necesarias.

  • La modalidad telepresencial se basa en participar en una actividad formativa con un horario determinado, conectado con el profesorado con un contenido y desarrollo de objetivos formativos idénticos a los de la formación presencial.
  • La modalidad online se caracteriza porque el alumnado puede acceder a los contenidos de la actividad formativa cuando lo desee durante el período de duración de la misma.

Para la obtención de un certificado de aprovechamiento el alumnado participante en las actividades formativas online o telepresenciales será necesario cumplir con al menos dos de los siguientes requisitos:

a) Superar satisfactoriamente un tiempo de conexión superior al 80 por ciento de las horas totales programadas de la actividad formativa.

b) Completar el auto registro de asistencia que se establece para cada actividad formativa.

c) Completar la encuesta final de valoración. 

6. Posible anulación de actividades

La Escola de l'Esport de la Generalitat podrá suspender o anular una actividad formativa por razones organizativas justificadas y/o cuando la inscripción en una actividad no supere el 50% de las plazas ofertadas.

7. Órgano instructor

La Dirección General de Deporte será la encargada de aplicar las presentes bases, así como de adoptar aquellas medidas en los casos no previstos en las mismas que se estimen necesarias para el satisfactorio desarrollo del presente programa.

8. Tratamiento de datos personales

La gestión del programa de formación permanente 2023 de la Escola de l'Esport de la Generalitat, que es objeto de esta convocatoria, requiere el tratamiento de datos del alumnado, del profesorado y de terceros, en los términos siguientes:

a) Responsable del tratamiento: Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.

b) Categoría y origen de los datos a tratar: datos personales identificativos (nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono y correo electrónico), académicos y profesionales, y datos de características personales, de circunstancias sociales, y de situaciones de especial vulnerabilidad (en este caso, para poder acogerse a una posible bonificación o exención en el pago de las tasas), que sean recogidas bien a través del formulario de inscripción o de consulta a plataformas autonómicas de interoperabilidad (de ahora en adelante PAI) o a otras administraciones públicas, bien mediante documentación que se entregue por los solicitantes.

Si la documentación presentada contiene datos de terceras personas, previamente a la comunicación de estos datos a la Consellería, las personas solicitantes tienen que informar a estas personas del tratamiento de sus datos por parte de la Consellería, en los términos previstos en este apartado.

c) Finalidades del tratamiento y base jurídica: con base jurídica en el cumplimiento de una misión realizada en interés público, en ejercicio de poderes públicos y en el cumplimiento de las obligaciones legales (art. 6.1 e) y 6.1 c) del RGPD) según las normas aplicables, incluidas las que regulan el trámite electrónico, los datos personales se tratarán para tramitar la inscripción y admisión en las jornadas formativas solicitadas.

d) Destinatarios de los datos: no está prevista la cesión de datos personales.

A efectos de notificación, el listado de las personas seleccionadas, así como de aquellas que quedan en lista de espera, se publicará en la web de formacion deportiva. Sin embargo, no se publicarán los datos de las personas que se encuentran en una situación de protección especial que pueda verse agraviada con la publicación de sus datos personales, en particular, cuando sean víctima de violencia de género u otras formas de violencia contra la mujer. En estos casos, se procederá a anonimizar la información de oficio o a instancia de la persona interesada.

e) Los datos no serán objeto de transferencias internacionales.

f) Todos los datos solicitados a través del formulario de solicitud, así como la documentación vinculada, son necesarios para poder tramitar la solicitud. La falta de comunicación de estos datos a la Conselleria conllevará las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico.

g) Plazo de conservación de datos: los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recaban y por los plazos establecidos en las normas vigentes para cumplir obligaciones y responsabilidades legales, siendo suprimidos de acuerdo con lo previsto en la normativa de archivos y documentación.

h) Ejercicio de derechos: la persona interesada puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento, portabilidad y no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, a través de las siguientes vías:

  • Trámite electrónico accesible en la siguiente dirección
  • Enviando la petición a cualquiera de las siguientes direcciones:

       - Postal: Avenida de Campanar, 32. 46015 Valencia.

       - Electrónica: protecciodedadeseducacio@gva.es

  • De manera presencial a través del registro.

El ejercicio de los derechos requiere la identificación inequívoca de la persona interesada o de su representante.

i) Derecho a reclamar: la persona interesada puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, a través de su sede electrónica, si considera no atendidos sus derechos o vulnerado el tratamiento de sus datos personales. Previamente puede contactar con la Delegación de Protección de Datos de la Generalitat a través de dpd@gva.es o dirigirse a Paseo de la Alameda, 16 - 46010 Valencia.

Para mayor información, consulte el registro de actividades de tratamiento denominado "Escola de l'Esport de la Generalitat: actividades de formación deportiva".