Docencia telemática - Formación Deportiva
Docencia Telemática
Cuando el Plan Formativo permite impartir áreas del Bloque ESPECÍFICO a DISTANCIA (art. 5 de la Orden ECD/158/2014):
1. La Federación deberá disponer de un aula virtual constituida sobre plataformas reconocidas de elearning (por ejemplo moodle).
2. La plataforma virtual de aprendizaje permitirá como mínimo:
- La comunicación entre alumnado y profesorado, y viceversa.
- El trabajo colaborativo entre los alumnos.
- El envío y evaluación de tareas y actividades.
- El seguimiento de la actividad de los alumnos participantes.
- La utilización de herramientas de autocorrección de actividades interactivas.
- El uso de instrumentos de evaluación del alumnado.
3. Los materiales didácticos utilizados en la docencia telemática, incorporarán, al menos, alguno de los siguientes elementos:
- Elementos multimedia y uso de recursos en internet.
- Actividades interactivas y de autoevaluación.
- Estructura y formatos adaptados a su uso en formato electrónico.
4. La docencia telemática precisa de profesorado encargado de mantener la interacción continua con el alumnado mediante tutorías por vía telemática, o presenciales, o ambas, establecidas en un calendario específico para cada una de las áreas que se imparten mediante formación a distancia, o formación semipresencial. GUÍA del alumno con la programación didáctica y la temporalización del módulo correspondiente.
5. Tanto en la enseñanza a distancia como en la enseñanza semipresencial se combinará la evaluación continua y formativa con la realización de actividades de evaluación necesariamente presenciales. Deberán facilitar la tutorización on-line de los mismos, a través de diferentes medios integrados en las unidades temáticas: foros, chats, mensajería interna, talleres, blogs, etc.
6. La plataforma virtual estará abierta al alumno el tiempo necesario para completar las actividades formativas y de recuperación, la evaluación y el procedimiento de reclamación de exámenes.
7. El acceso a la plataforma en ningún caso será inferior al número de días que resulte de dividir el número de horas del área, dedicados a la docencia telemática, entre dos. En cualquier caso, también estará abierta durante el periodo entre las convocatorias ordinaria y extraordinaria de exámenes.
8. Se adoptaran las medidas que permitan la accesibilidad universal del alumnado con discapacidad a la docencia telemática, a las tutorías, y a la enseñanza a distancia y semipresencial.
9. Dispondrán de una versión imprimible e igualmente contarán con ejercicios prácticos que se puedan realizar y corregir vía on line.
10. Contarán con actividades de autoevaluación adaptadas al contenido del módulo.